Documentación necesaria para viajar a Roma

La Documentación necesaria para viajar a Roma es igual que la que se precisa para ingresar a cualquier otra ciudad de Italia. Es bueno tener presente qué es lo que necesitas presentar para no tener problemas y para agilizar los trámites y tiempo en el aeropuerto o estaciones.

Documentación necesaria para viajar a Roma según la nacionalidad del turista

Los ciudadanos de la Unión Europea pueden viajar a Italia en general y a Roma en particular presentando su pasaporte o documento de identidad en vigor, sin necesidad de tramitar ningún tipo de visado. Esta ventaja es para aquellos residentes de la UE y del Espacio Económico Europeo (EEE).

En el caso de que los turistas permanecerán en el país 90 días o menos y son de ciertos países, sólo necesitan mostrar su pasaporte válido. Estas naciones son: Andorra, Australia, Argentina, Brunei, Brasil, Costa Rica, Corea, Ciudad del Vaticano, Canadá, Croacia, Estados Unidos, El Salvador, Guatemala, Hong Kong, Honduras, Israel, Japón, Mónaco, México, Malasia, Macao, Nueva Zelanda, Nicaragua, Paraguay, Panamá, Singapur, Suiza, San Marino, Uruguay y Venezuela.

El resto de los países que no están incluidos en la UE, en la EEE o en el listado anterior, deben consultar en la Embajada italiana en el sitio de residencia, o bien consultar en el sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores de Italia.

Documentación necesaria para viajar a Roma: ingresar como turista

Los que no ingresan como miembros de la Unión Europa, deben prestar atención a la siguiente Documentación necesaria para viajar a Roma:

  • Pasaporte y VISA (si corresponde)
  • Demostrar tener medios suficientes para sostenerse en la estancia
  • Demostrar donde se alojará
  • Tener una póliza sanitaria o seguro médico
  • Mostrar un billete ida y vuelta en cualquier medio de transporte válido

Para demostrar que se tiene el dinero suficiente para estar en Roma es posible por ejemplo, usar el límite de la tarjeta de crédito o exhibir la cantidad de efectivo (euros) que se tiene en la billetera.

Se han estipulado diferentes montos según los días de estancia en la ciudad para los extranjeros (no europeos):

  • Entre 1 y 5 días: 270 euros
  • Entre 6 y 10 días: 45 euros por día (una semana es 315 euros)
  • Entre 11 y 20 días: cuota fija de 52 euros más 37 euros por cada día. Para una estancia de dos semanas, 602 euros.
  • Entre 20 y 90 días: cuota fija de 207 euros más 28 euros por día. Para un viaje de un mes, 1044 euros.

(Estos datos son aproximados)

Por otro lado, puede que los turistas tengan que demostrar en qué lugar dormirán durante su estancia en la ciudad. Las reservaciones de hotel son suficientes, sin importar la categoría o bien una carta de invitación por parte de una persona que viva legalmente en el país.

Este anfitrión es quien se hace responsable del turista y se precisa la fotocopia de su documento de identidad, no es preciso legalizarlo ni llevarlo a notaría pública. En todos los casos, ha de incluir la totalidad de los días (pueden ser varios establecimientos si en la suma es igual que la estancia).

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Publicado por Última actualización Mié, 07/15/2015 - 12:08
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